En sesión ordinaria, los legisladores locales aprobaron el acuerdo de la Comisión de Finanza y Fiscalización, por el que se deja insubsistente todo lo actuado en el expediente CFF/OFS/1970/2014
En sesión ordinaria, los legisladores locales aprobaron el acuerdo de la Comisión de Finanza y Fiscalización, por el que se deja insubsistente todo lo actuado en el expediente CFF/OFS/1970/2014, así como el dictamen con proyecto de acuerdo y el acuerdo relacionado con la cuenta pública del organismo autónomo denominado Instituto Electoral de Tlaxcala, por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013.
En la lectura del dictamen de mérito, el diputado Alberto Amaro Corona, manifestó que con fecha 31 de octubre de 2014, Eunice Orta Guillen, Claudia Acosta Vieyra, Dulce María Angulo Ramírez, Mario Cervantes Hernández, Juan Antonio Escobar Mendieta, Dagoberto Flores Luna y Lino Noe Montiel Sosa, por su propio derecho y en su carácter de consejeras y consejeros del Instituto Electoral de Tlaxcala, comparecieron ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado, actuando como órgano de control Constitucional, para promover Juicio de Protección Constitucional en contra de esta Soberanía, de la Comisión de Finanzas y Fiscalización, y del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala, señalando como norma cuya invalidez se demanda, el Acuerdo a través del cual se determinó No Aprobar la Cuenta Pública del Instituto Electoral de Tlaxcala, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, el día 23 de octubre de 2014, visible en la página siete del referido ejemplar, en el cual consta el acuerdo aprobado por el Pleno del Congreso, en sesión pública de fecha 21 de octubre de 2014, y una vez analizado el Dictamen con Proyecto de Acuerdo que presentó la Comisión de Finanzas y Fiscalización, quien tomando como base el informe emitido por el Órgano de Fiscalización Superior local, propuso al pleno la no aprobación de la cuenta pública del Instituto Electoral de Tlaxcala, por el periodo comprendido del uno de enero al 31 de diciembre del año 2013.
Así también, señaló que con fecha 29 de marzo de dos mil diecisiete, el Tribunal Superior de Justicia del Estado, actuando como órgano de control constitucional resolvió el Juicio de Protección Constitucional 11/2014, por el que se ordena reponer el procedimiento a partir de la notificación del pliego de observaciones, a efecto de reparar las garantías infringidas en perjuicio de los demandantes; dejándose insubsistente todo lo actuado en el expediente de referencia hasta la publicación del Acuerdo Parlamentario que se realizó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, con fecha 21 de octubre de 2014.