Salen de la lista aprobada por el ITE: Martha Elena Estela Durán González, María Patricia Quiebras Arenas y Betty Sharon Briones Padilla. Esos lugares deberán ser ocupados por Fernanda Sandoval Vega, Jesús Portillo Herrera y José Carmen Corona Pérez, respectivamente.
Debido a la incorrecta aplicación de la ley en materia de paridad de género, el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) revocó el acuerdo aprobado por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) en el que asignó las diputaciones de representación proporcional y las regidurías en diversos ayuntamientos de la entidad, a fin de que se respete el orden de prelación asignado por los partidos políticos en sus respectivas listas de candidatos.
De esta manera, ordenó al Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) modificar sus respectivos acuerdos, y respetar el orden que en su momento presentaron los partidos políticos en sus respectivas listas de candidatos. Lo anterior, en un término de 72 horas, una vez que sea notificado por la autoridad jurisdiccional
De esta forma, tres de las asignaciones aprobadas en su momento por los consejeros electorales fueron revocadas: Martha Elena Estela Durán González, María Patricia Quiebras Arenas y Betty Sharon Briones Padilla. Esos lugares deberán ser ocupados por Fernanda Sandoval Vega, Jesús Portillo Herrera y José Carmen Corona Pérez, respectivamente.
El resolutivo aprobado por los magistrados electorales estableció que, en lo referente a los candidatos y candidatas propietarias, la lista completa de diputaciones de representación proporcional deberá quedar de la siguiente manera:
María Guadalupe Sánchez Santiago (PAN)
Carlos Morales Badillo (PAN)
Alberto Amaro Corona (PRD)
Floria María Hernández Hernández (PRD)
Héctor Israel Ortiz Ortiz (PAC)
Humberto Cuauhtle Tecuapacho (Morena)
J. Carmen Corona Pérez (Panal)
Delfino Suárez Piedras (PS)
Jesús Portillo Herrera (PT)
Fernanda Sandoval Vega (PVEM)
El magistrado Luis Manuel Muñoz Cuahutle afirmó que al asignar las diputaciones de representación proporcional y las regidurías en los ayuntamientos, el Consejo General del ITE debió haber revisado el sistema electoral estatal, pues el artículo 41 de la Constitución Política federal establece que el principio de paridad es sólo para las postulaciones y no para la integración de los órganos.
Sí alcanzaron PVEM y Panal 3% de votación; tienen derecho a financiamiento
Por otra parte, el Pleno del TET declaró parcialmente fundados los agravios expresados por los partidos Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza (Panal) en contra del acuerdo ITE-CG- 287/2016, con lo cual éste deberá ser modificado para que ambos institutos políticos alcancen financiamiento público estatal.
Los magistrados establecieron que el Consejo General del ITE realizó una incorrecta interpretación de la cláusula cuarta del convenio de candidatura común que signaron junto con el Partido Revolucionario Institucional (PRI), pues de acuerdo con ella al PVEM le corresponde 4.5 por ciento de la votación y al Panal el 7 por ciento de la votación que recibió la candidatura común en cada distrito electoral.
De acuerdo con lo anterior, el Partido Encuentro Social (PES) es el único que no alcanza el 3 por ciento de la votación total válida, pues sólo obtuvo el 2.623 por ciento, motivo por el cual conservará su acreditación pero no gozará de financiamiento público estatal.
En ese sentido, corresponderá al PVEM el 4.78 por ciento y al Panal el 6.87 por ciento de la votación válida emitida de la elección de diputados locales por mayoría relativa.