Este lunes harán públicas las acciones legales que están realizando
Abogados de diversos colegiados de la entidad emprendieron acciones jurídicas para señalar la omisión de la expedición del Reglamento de la Ley de Firma Electrónica Avanzada para el Estado de Tlaxcala, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado en el TOMO XCIV SEGUNDA ÉPOCA No. 1 Extraordinario, el 22 de octubre de 2015.
Los litigantes también harán una petición formal a los diputados locales para que puedan revisar el marco normativo de Tlaxcala en materias relacionadas al litigio en el estado y poder incidir en la pronta respuesta legislativa, a fin de abatir el rezago que se tiene para implementar acciones tendientes a reactivar las labores jurisdiccionales, incorporando a Tlaxcala a una dinámica acorde con los tiempos de la tecnología de vanguardia que permita agilizar la gestión de los asuntos que les han encomendado.
Es una demanda de amparo, que han iniciado los abogados, reclaman al gobernador del estado, Marco Antonio Mena Rodríguez, la omisión de expedir el Reglamento de la Ley de Firma Electrónica Avanzada para el Estado de Tlaxcala de conformidad con lo dispuesto por el artículo tercero transitorio del Decreto de fecha 20 de octubre de 2015.
Así como la omisión de presentar iniciativa al Congreso del Estado, para reformar el Presupuesto de Egresos del Estado de Tlaxcala para el ejercicio fiscal dos mil veinte, a efecto de que los Poderes, así como las dependencias y entidades del Gobierno del Estado de Tlaxcala, cuenten con los recursos financieros necesarios para implementar y operar las acciones impuestas por la Ley de firma Electrónica Avanzada para el Estado.
Al Congreso del estado le reclaman la omisión de verificar el cumplimiento de expedición del reglamento de dicha Ley, de conformidad con lo dispuesto por el artículo segundo transitorio del Decreto de fecha 20 de octubre de 2015, la omisión de modificar el Presupuesto de Egresos del Estado de Tlaxcala para el ejercicio fiscal 2020, a efecto de que los Poderes del Estado, así como las dependencias y entidades del Gobierno del Estado y la parálisis de cualquier acto tendente a expedir dar cumplimiento al artículo tercero transitorio de dicho ordenamiento que incida en la impartición de justicia de manera pronta y expedita.
Al Poder Judicial le reclaman la omisión dar cumplimiento al artículo segundo transitorio de la Ley de Firma Electrónica Avanzada para el Estado de Tlaxcala, es decir, adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento al contenido de dicha ley, la omisión de modificar o hacer las transferencias dentro de las partidas del Presupuesto de Egresos del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala para el ejercicio fiscal 2020.
Así como la omisión de establecer y determinar el plan de trabajo para la implementación de la firma electrónica avanzada para el sistema de seguimiento electrónico de expedientes en los órganos jurisdiccionales dependientes del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala y la omisión de establecer y determinar el plan de trabajo para la implementación y reanudación de labores en los órganos jurisdiccionales dependientes del Tribunal Superior de Justicia del Estado, ante la pandemia generada por Covid-19, utilizando la plataforma digital de la Ley de Firma Electrónica a que está obligado a implementar, entre otras cosas.