Al cerrar Ciudad Judicial ya no pudieron depositar o cobrar las pensiones
El cierre de Ciudad Judicial por la contingencia sanitaria que vive el estado y el país complica que algunas madres de familia o familiares de niños puedan cobrar pensiones alimenticias dictadas por un juez.
Lo anterior lo dio a conocer Yeny Charrez Carlos, activista y abogada, quien señaló que se quedaron varios casos pendientes de cobrar su pensión resultado de una sentencia de un juez, "todos los juzgados en materia familiar se cierran y queda uno de guardia, la siguiente semana otro y así sucesivamente, y no es un mismo juez el que se encarga, por ende no hay pago de pensiones".
Mencionó que la situación se está complicando para las personas que requieren el pago de su pensión, "lo que les hemos mencionado es que entendemos la situación, pero debieron considerar que los pagos de pensiones alimenticias sirven para la alimentación de los niños, pero en este momento no tendrán ese beneficio".
"Las familias se tienen que esperar hasta que los juzgados abran, los que están de guardia sólo atienden casos de urgencia eso es lo que ellos nos manifiestan, le hemos hecho el llamado de que deberían considerar el tema de no cerrar, que se organicen por horarios o de otra manera, pero que pudieran darle el acceso a sus pensiones alimenticias", indicó.
Mencionó que no sólo es que no les den las pensiones alimenticias a los beneficiarios, sino que los deudores alimentarios "también tienen ese pretexto para no dar su pago de pensión alimenticia, ellos tendrán la justificación de decir que han ido a depositar, pero pues está cerrado el juzgado y muchos de ellos no quieren depositar en las tarjetas de las madres, porque es una forma de seguir afectando a las familias y depositan el dinero en los juzgados, lo que será hasta que abran Ciudad Judicial, porque no hay forma de depositar, aunque quieran ir a depositar no pueden y, la otra situación es que algunas personas todavía no habían cobrado y ya no les dio tiempo de hacerlo".
Charrez Carlos agregó que "no se justifica que los deudores no paguen lo que les corresponde de la pensión, pero pueden argumentar que llegue el mes de abril y ya no paguen lo de marzo, que haya pagos que se queden pendientes y ya no los cubran".