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Jueves 06:54 pm, 23 Abr 2020.

Violenta TSJE derechos de menores al no liberar pensiones alimenticias

El poder Judicial no destinó a personal que atienda trámites, el Colegio de Abogados del Altiplano pide corregir esta situación

Elena Ruvalcaba | agendatlaxcala | 1413 lecturas | 0 comentarios

Violenta TSJE derechos de menores al no liberar pensiones alimenticias

Ante la contingencia sanitaria por Covid-19 y la suspensión de actividades que determinó el poder Judicial, se violentan los derechos de los menores al estar detenidos los trámites para la entrega de pensiones alimenticias, por lo que el el Colegio de Abogados del Altiplano realizó una propuesta para atender esta situación.

En un oficio dirigido al presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), Fernando Bernal Salazar, se especifica que debido a la suspensión de actividades del poder Judicial ante la emergencia de Covid-19 se violenta el derecho de los menores, ya que se encuentran suspendidos los trámites para hacer la entrega de las pensiones alimenticias que fueron exhibidas antes de la suspensión de labores de los juzgados familiares del estado.

Se agrega que de igual manera los deudores alimentarios que han cumplido con depositar en las cuentas bancarias del Tribunal Superior de Justicia no han tenido la oportunidad de exhibir las fichas de depósito ante el Juzgado Familiar que le corresponde, en virtud de que estos trámites para el TSJE no fueron considerados como prioritarios y entonces "no se observa con puntualidad el dar cumplimiento a la protección de los acreedores alimentarios que en su gran mayoría son menores de edad y dependen del dinero que ha sido depositado en las arcas del poder Judicial sin tener acceso al mismo", violentando con ello el derecho a los alimentos del menor.

Ante ello, el Colegio de Abogados del Altiplano propuso que de forma inmediata se convoque a integrantes del Consejo de la Judicatura local del poder Judicial, para tomar acciones inmediatas.

Lo anterior, a fin de habilitar o facultar al personal judicial de guardia en materia familiar, para que pueda recibir y entregar las pensiones alimenticias que se tramiten ante el propio juzgado de guardia, al cual le deberán otorgar facultades para actuar en nombre de cada uno de los juzgados familiares en el estado y dictar todas las medidas necesarias, para cumplir con una pronta y efectiva administración de justicia.