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Viernes 13 de mayo, 2022.

Deja la SRCDMX firmes decisiones del TET

El Pleno de la Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf)

Redacción | agendatlaxcala | 2013 lecturas | 0 comentarios

Deja la SRCDMX firmes decisiones del TET

El Pleno de la Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), desechó en la sesión pública no presencial celebrada este 12 de mayo, los tres recursos promovidos ante esta instancia por distintos actores del estado de Tlaxcala.

Durante la presentación del proyecto de sentencia del Juicio de la Ciudadanía, identificado con el numero SCM-JDC-224/2022, promovido por Crisóforo Cuamatzi Flores, presidente de comunidad de San Felipe Cuahutenco, sección quinta del municipio de Contla de Juan Cuamatzi, y ex autoridades comunitarias quienes se inconformaron con la resolución dictada por el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) en contra de un acuerdo del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones.

Al respecto, se aprobó por unanimidad de votos de los integrantes del Pleno de la SRCDMX, desechar la impugnación, por un cambio de situación jurídica que lo dejó sin materia, al actualizarse la causal de improcedencia establecida en los artículos 9 y 11 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral.

La pretensión de la parte actora era que el TET resolviera su medio de impugnación, que fue reencausado a un incidente en sesión pública virtual celebrada el pasado 2 de mayo, por lo que la SRCDMX determinó la inexistencia de controversia a resolver.

El expediente de juicio electoral identificado con el número SCM-JE-37/2002, que promovió la Síndica Municipal de Ixtenco en contra de la resolución del TET que ordenó el pago de remuneraciones a favor del demandante, se desechó por la falta de legitimación activa para promover este medio de impugnación, pues no existe un supuesto normativo que faculte a las autoridades a recurrir a la SRCDMX, cuando han formado parte de una relación jurídico-procesal como responsables, como lo hizo el ayuntamiento al recurrir a este órgano jurisdiccional para defender actos que ya fueron materia de juzgamiento por el TET.

En la resolución correspondiente al juicio electoral identificado con el número SCM-JE-38/2022, promovido por integrantes del ayuntamiento de Panotla en contra de la resolución del TET que les ordenó el pago de remuneraciones a determinadas personas por el desempeño de su cargo, se aprobó por unanimidad la propuesta de desechar la demanda, pues tampoco el ayuntamiento contaba con la legitimación para promover recurso alguno como parte responsable ante la autoridad jurisdiccional local, además de que su única intención era evitar el pago del adeudo con cargo al ayuntamiento.