La Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Tlaxcala (Coeprist) informó que como lo estipula el artículo 401 BIS
La Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Tlaxcala (Coeprist) informó que como lo estipula el artículo 401 BIS de la Ley General de Salud, la cadena de custodia del dulce presuntamente contaminado y analizado, “no fue la correcta, ya que el producto pasó por diversas manos y la envoltura fue manipulada”, puntualizó el titular Francisco Jiménez Campos.
Cabe mencionar que el artículo 401 BIS de la Ley General de Salud establece que: “la toma de muestras podrá realizarse en cualquiera de las etapas del proceso, pero deberán tomarse del mismo lote, producción o recipiente, procediéndose a identificar las muestras en envases que puedan ser cerrados y sellados; además, señala que se obtendrán tres muestras del producto. Una de ellas se dejará en poder de la persona con quien se tenga la diligencia para su análisis particular; otra muestra quedará en poder de la autoridad sanitaria como testigo; la última será enviada por la autoridad sanitaria al laboratorio autorizado y habilitado para el análisis oficial”.
Explicó que “durante el proceso desarrollado en el protocolo de Coeprist contra probables riesgos sanitarios, no existen elementos, al no haber denuncia de la población, ni personas con daños a la salud atribuibles a este motivo”.
Además, se informa que el Sector Salud del estado emitió un comunicado preventivo, en tanto la Coeprist realizaba el protocolo correspondiente como autoridad sanitaria.
Por lo anterior expuesto y en comunicación con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), esta autoridad sanitaria estatal considera que no hay más elementos para continuar con este caso.