El organismo atraviesa por una grave crisis interna que ha derivado en acusaciones de represión contra trabajadores por parte de la dirigencia sindical
El Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes, Municipios y Organismos Descentralizados del Estado de Tlaxcala "7 de Mayo" atraviesa por una grave crisis interna que ha derivado en acusaciones de represión contra trabajadores que criticaron a Daniel N. hermano de la líder sindical Karina Erazo.
Según documentos oficiales fechados el 4 de junio de 2025, el Comité Ejecutivo del sindicato emitió el oficio 1383/2025 mediante el cual notifica la suspensión de derechos sindicales de varios de sus miembros, bajo el argumento de "promover desórdenes en un acto donde estuvieron presentes miembros del Comité Ejecutivo". Cabe recordar que personal del poder Judicial manifestó su inconformidad por qué el sindicato no les ha entregado las despensas con motivo del aniversario de la organización, además de criticar la actitud de Karina Erazo al solapar irregularidades en el desempeño de su hermano Daniel N. Quien fue beneficiado con un permiso mientras enfrenta dos denuncias penales por corrupción de menores y narcomenudeo.
Por lo que los trabajadores denuncian actos de represión por parte de la líder al suspenderlos de manera ilegal, ya que no hay un comité de vigilancia que es la instancia legal para proceder contra un trabajador. Los trabajadores afectados denuncian que esta acción constituye una represión interna destinada a silenciar voces críticas dentro de la organización sindical después de la detención del hermano de la dirigente. Daniel N. por corrupción de menores y presunto narcomenudeo.
El documento oficial hace referencia al artículo 26, fracción V del Estatuto Sindical, que establece facultades disciplinarias para la dirigencia. Sin embargo, los trabajadores sancionados argumentan que se trata de un uso arbitrario.
Las sanciones impuestas incluyen la suspensión de derechos sindicales por un período de tres meses, fundamentadas en los artículos 73 fracción III, 75 fracciones V y VI, y 77 fracción II del Estatuto Sindical. Esta medida impedirá a los trabajadores sancionados participar en las actividades y decisiones del sindicato durante el período establecido.
El conflicto interno refleja las tensiones que atraviesa una de las organizaciones sindicales más importantes del estado de Tlaxcala, que agrupa a trabajadores de diversos municipios y organismos descentralizados.