La Fiscalía General de la República (FGR) impugnó la resolución mediante la que un juez determinó en octubre que ha sido omisa en la creación del Banco Nacional de Datos Forenses, obligación prevista en la Ley General en materia de desaparición de personas. En la sentencia del juicio de amparo indirecto 1070/2021, el juez ordenó a la FGR crear e implementar esa herramienta en un plazo de 40 días.
Sin embargo, la FGR argumenta que no tiene competencia para ello, pese a que en su artículo 119 la Ley General establece que el banco está a cargo de la fiscalía, y que tiene por objeto concentrar la información relevante para la búsqueda e identificación de personas desaparecidas, así como para la investigación de los delitos.
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