La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró como inconstitucionales las leyes de ingresos de los municipios de Tlaxcala que fueron aprobados por diputados locales, en las cuales en algunos pretendían cobrar el suministro de agua potable, así como el alumbrado público, entre otros servicios.
El expediente 32/2023 promovido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, fue resuelta por las ministras y ministros de la corte quienes votaron por unanimidad en contra de dichas leyes.
Y es que los municipios de Calpulalpan Tequexquitla, Huamantla, Ixtacuixtla, Papalotla, San Pablo del Monte, Tepeyanco, Terrenate, Nopalucan, Ayometla, Tetla, Tetlatlahuca, Xaloztoc y Zacatelco pretendían cobrar los servicios de alumbrado público.
Mientras que los municipios de Tepeyanco, Xaltocan y Huamantla pretendían cobrar el servicio de suministro de agua potable, drenaje y alcantarillado contemplados en su ley de ingresos municipal para el ejercicio 2023, las cuales ya habían sido publicadas en el diario oficial del Estado de Tlaxcala por el congreso local.
Mientras que los municipios que preveían en su Ley de ingresos el cobro de búsqueda, expedición de documentos en copia simple certificada, así como su digitalización y los cuales no estaban relacionados con el derecho al acceso de información pública, fueron los municipios de Calpulalpan, Tequexquitla, Huamantla, Ixtacuixtla, Nanacamilpa, Papalotla, Nopalucan, Ayometla, Tepetitla, Tepeyanco, Terrenate, Tetla, Xaloztoc, Xaltocan y Yahuquemehcan.
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