La Alineación parental será considerada violencia familiar en Tlaxcala con la modificación de la Ley de los Derechos de los Niños, las Niñas y los Adolescentes del Estado de Tlaxcala y el Código Civil que realizaron diputados locales, con la cual adicionaron el párrafo cuarto al Artículo 168 del Código Civil para el Estado de Tlaxcala.
En este párrafo se lee: "También se entenderá por Violencia Familiar el hecho de que un integrante de la familia realice conductas que ocasionen alienación parental, entendida como manipulación o inducción que realiza un progenitor o familiar… Mediante la desaprobación o la crítica con el objeto de causar… Una transformación de conciencia para producir rechazo, miedo, rencor, odio o desprecio hacia el otro progenitor o los demás integrantes de la familia".
Mientras que la reforma a la Fracción IX del Artículo 99 de la Ley de los Derechos de las Niñas, los Niños y los Adolescentes del Estado de Tlaxcala, quedo así: "Prevenir y erradicar conductas de alienación parental y demás que puedan vulnerar el ambiente de respeto y generar violencia o rechazo en las relaciones entre niños, niñas y adolescentes y de éstos con quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como los demás integrantes de su familia".
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