El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) atendió la mañana de este domingo, el expediente número TET-JDC-132/2024, mediante el que se impugnó el acuerdo ITE-CG 158/2024 aprobado por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE).
La parte actora señaló como agravio, la ilegal sustitución de su candidatura al cargo de síndica municipal propietaria del Ayuntamiento de Huamantla, por parte del Partido Verde Ecologista de México y que fue confirmada por el ITE.
Sin embargo, del análisis de constancias remitidas al TET, se advirtió que al momento en que el partido político de referencia realizó los cambios de candidaturas, se efectuaron dentro del periodo de registro y aunque inicialmente se registró a la demandante como candidata a Síndica Municipal para la renovación del Ayuntamiento de Huamantla, solo se trataba de una solicitud de registro.
De esta forma, mientras el ITE no emitió una declaración final o definitiva sobre la procedencia del registro y extendiera la constancia correspondiente, la actora únicamente tuvo una expectativa de derecho y no así un derecho adquirido.
En este sentido, se sometió a votación de los integrantes del Pleno del TET que no le asistía la razón a la inconforme, derivado de que el artículo 158 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Tlaxcala dispone que vencido el plazo de solicitud de registro, los partidos políticos sólo podrán solicitar la sustitución de registro por las causas que en ese dispositivo legal se establecen, pero en el asunto en cuestión, no existió una sustitución de registro, pues el mismo no se había otorgado y por ello la actora no había adquirido un derecho que fuera tutelable en esta instancia.
De esta forma, por unanimidad de votos, quienes integran las Magistraturas del TET confirmaron la resolución impugnada.
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