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Democracia y dictadura

Aquiles Córdova Morán

El problema de entender y visualizar bien, de modo preciso, las diferencias esenciales y las semejanzas inevitables entre democracia y dictadura, presenta varios ángulos de enfoque, y de allí la dificultad de hablar de todos ellos, al mismo tiempo y de manera condensada y accesible, sin el riesgo de fracasar. A pesar de todo, a veces es indispensable tocar alguno de ellos en particular por así requerirlo las circunstancias, la naturaleza del problema, o ambos factores a la vez. Hoy necesito hablar de una de las cuestiones quizá más esenciales del problema: la división de poderes en una democracia, enfocándome fundamentalmente en el poder judicial. Los creadores más relevantes del liberalismo, Montesquieu el mayor (aunque no el único) de ellos, dieron a la división de poderes el papel de piedra angular del edificio del Estado moderno que propugnaban y, naturalmente, también el de la  columna vertebral de ese Estado que es, precisamente el gobierno democrático. En efecto, según ellos, el desarrollo experimentado hasta entonces por el hombre en materia de organización y gobierno de la sociedad, había demostrado palmariamente que la concentración en una sola persona, o en un solo cuerpo, de las tres funciones básicas del Estado, la ejecutiva, la legislativa y la judicial, conducía inevitablemente a la dictadura, es decir, a la imposición arbitraria (y frecuentemente abusiva) de la voluntad, la opinión y los intereses de quien o quienes concentraran todo ese poder, y, en contrapartida, los individuos quedaban reducidos a obedecer, es decir, a someterse ciegamente a esa voluntad, sin ninguna posibilidad de oponerse a los actos arbitrarios del poder público.

La solución parecía obvia: resultaba necesario desechar las formas de Estado y de gobierno que descansaban en la concentración de todo el poder en una sola persona o cuerpo, y sustituirlas por una en la cual funcionara una distribución equilibrada de los tres poderes; es decir, que debería crearse un Estado y un Gobierno con tres órganos de poder distintos que, al mismo tiempo que tuvieran funciones también distintas, bien definidas y acotadas para impedir las fricciones y los roces entre ellos, también jugaran un papel de vigilancia recíproca y, en particular, un poder judicial que garantizase el pleno respeto y cumplimiento de todas las leyes vigentes por parte de los otros dos poderes, de todos los miembros de la colectividad y de los propios miembros constitutivos del poder judicial. Nadie, pero absolutamente nadie, debía quedar exento, al margen o por encima de la ley. Semejante esquema de gobierno democrático funcionaría, si y sólo si existía realmente, en el terreno de los hechos y no en la pura ficción de los discursos y las declaraciones públicas, una real independencia recíproca de los tres poderes. Por eso, en la teoría al menos, ninguno de los tres poderes debe nacer o derivarse de alguno de los otros dos;  todos deben nacer de (y por tanto obedecer a) la voluntad popular expresada en las urnas, al mismo tiempo que ciertas facultades y funciones de cada uno deben ser conocidas y aprobadas por otro poder. Ejemplos: el presupuesto de ingresos y la ley de egresos del poder ejecutivo deben ser discutidos y aprobados por el H. Congreso de la Unión; el poder judicial es el encargado de la aplicación de las leyes pero no puede fabricarlas, ya que eso es competencia exclusiva del poder legislativo. Es más, no puede ni siquiera proponer nuevas leyes puesto que carece del derecho de iniciativa, exclusivo del presidente de la República, los señores diputados y los congresos de los estados. En teoría pues, todo debería funcionar a la perfección para el bienestar, libertad y salvaguarda de los derechos de todos los ciudadanos.

Sin embargo, en los hechos, las cosas funcionan de otro modo. Dejemos de lado, por lo pronto, lo que sucede en el proceso de selección y elección de los diputados que integran el H. Congreso de la Unión y los congresos de los estados y centrémonos en el poder judicial. La primera discrepancia con la teoría es que sus miembros no son elegidos mediante el voto popular; su elección es indirecta y esto abre la puerta a la injerencia del poder ejecutivo y de los partidos políticos, a través de sus diputados, en el desempeño del poder judicial; la segunda anomalía es su falta de autonomía presupuestal, lo que lo vuelve dependiente de los otros poderes en esta materia; y, finalmente, tampoco hay transparencia democrática en la distribución de los cargos, en la estabilidad en el empleo ni en la renovación de los funcionarios. Todo esto junto, quiérase o no, le resta independencia y autonomía al poder judicial, particularmente frente al poder ejecutivo. Y el problema es real y muy serio, porque eso transforma al poder judicial en garrote, en eficaz herramienta represiva para deshacerse limpiamente de los opositores incómodos al sistema. Cualquier mexicano que usted escoja le dirá que en México la justicia se vende al mejor postor; que sólo va a la cárcel quien no puede sobornar al juez o aquéllos a quienes se les fabrica uno o varios delitos “por órdenes superiores”, es decir, los reos políticos, muy fáciles de identificar por el previo linchamiento mediático a que se les somete. En tales casos, dice Vox Populi, de nada sirve el mejor abogado; y el ombudsman, los organismos civiles que se autoproclaman defensores de los derechos humanos, de los secuestrados y de sus familiares, de las víctimas de la trata de personas, etc., también guardan cauto silencio, enmudecen (¿asustados o coludidos?) ante el poderoso que ha decidido deshacerse de un estorbo en su carrera.

No hace ni un mes que el gobierno de Baja California metió a la cárcel a cinco líderes antorchistas acusándolos de “ultrajes a la autoridad” y de “lesiones graves a la policía”. El juez les fijó una fianza de cincuenta mil pesos a cada uno y, ante la sorpresa y la protesta de su abogado, contestó sin inmutarse: “tengo órdenes superiores”. Pronto se cumplirá un año del injusto, absurdo y hasta hoy inexplicado secuestro de don Manuel Serrano Vallejo. Su esposa, hijos, hermanos, sus compañeros de lucha que son todos los antorchistas del país, han denunciado y exigido por todos los medios, en todos los tonos, ante todas las autoridades (judiciales, legislativas, ejecutivas), ante las comisiones estatal y nacional de derechos humanos, etc., la investigación del secuestro y la devolución del secuestrado, sano y salvo, al seno de su familia. A pesar de ello, el caso está en ceros y no sólo en cuanto a resultados, sino también en cuanto a la actitud asumida por todas las autoridades mencionadas: silencio total. Pero tampoco han dicho “esta boca es mía” ni el fiscal antisecuestros, Renato Sales Heredia, designado precisamente para investigar este tipo de delitos, ni la organización de doña Isabel Miranda de Wallace, ni la de don Alejandro Martí, ni la de don Javier Sicilia. Sólo como una estrella solitaria en medio de un firmamento tan tenebroso, brilla la valiente y generosa actitud de Diego Fernández de Cevallos; pero, otra vez vox populi, una golondrina no hace verano. ¿Y no es esto, acaso, una prueba irrefutable de que estamos ante un secuestro político, ordenado por alguien con mucho poder y, por tanto, también ante una prueba irrefutable de un poder judicial sometido a las necesidades de la política? ¿Y cómo hay que llamar a un Estado donde la división de poderes es una pura ficción? La respuesta es de usted, amigo lector.

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