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Consecuencias jurídicas genéricas por los efectos de la ciencia política terrorista. Capítulo 1

Columna del Mtro. Alfredo Adán Ríos científico neurojurídico Tlaxcala, Tlaxcala, México
Mar. 13 de sep., 2022. 09:45 AM
Mtro. Alfredo Adán Ríos científico neurojurídico
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Consecuencias jurídicas genéricas por los efectos de la ciencia política terrorista. Capítulo 1

Son días arduos, tediosos, hastíos, con un exceso de información, a veces cierta a veces falsa, y en definitiva con una necesidad de responsabilidad individual que a su vez nos proyecte hacia un escenario de responsabilidad colectiva (que imperiosamente debería estar encabezada por la clase política en cuanto a medidas a tomar).

El coronavirus y las consecuencias legales que del mismo derivan ha puesto los estados modernos en previsiones legislativas muy pocas veces aplicadas. En Italia ya se sanciona con multas de hasta 600 euros y penas de cárcel de hasta 3 meses el hecho de burlar el confinamiento impuesto. En España, las sanciones administrativas pueden llegar hasta los 6.000 euros

Y de todo ello, el derecho penal ¿qué opina?. Pues si no fueren suficientes las recomendaciones, prescripciones y demás consejos, sobre todo emitidos por parte de quienes realmente dominan la materia, es decir los facultativos, debemos ser conscientes de lo siguiente. El no respetar las normas de cuidado, en este caso, por orden jerárquico aquellas que vengan impuestas por el real decreto que ha implantado el estado de alarma en España, y todas aquellas que lo complementen o desarrollen en administraciones autonómicas y locales, podríamos llegar a tener que responder en la jurisdicción penal por un delito de homicidio imprudente (en el caso más extremo).

Pensemos en aquellos oscuros tiempos en que el VIH, infectaba la sociedad a una velocidad de vértigo, y en aquellas personas que de forma consciente contagiaron a terceras personas, incurrieron en un delito de lesiones (y así abunda la jurisprudencia en ese sentido). Pues en el caso que nos atañe es idénticamente lo mismo.

Si somos conscientes de estar infectados y no cumplimos con los mandatos o normas de cuidado, e incluso se podría extender a aquél que a sabiendas de haber estado en contacto con múltiples personas contagiadas y presentar síntomas, pero no habiendo pasado el test, y por lo tanto no sabiendo con una certeza absoluta que es persona portadora del mismo, si con su conducta contagia a otras personas que por desgracia acaban con lesiones derivadas directamente de la enfermedad o bien incluso, con la muerte, seremos responsables penalmente de dichos resultados.

Se trata de lo que en penal llamamos delitos imprudentes o culposos, que se definen no por la intencionalidad directa del sujeto de cometer el delito, sino por su responsabilidad, alcance aquí su máxima expresión dicho vocablo, en cuanto al incumplimiento de una norma de cuidado o de observancia. En el caso concreto, por lo tanto, vemos que el seguir las recomendaciones médicas, subyacen dos motivaciones, una epidémica y otra sancionadora (bien sea penal o administrativa) que deberían ayudar a su estricto cumplimiento

La bioética es una disciplina que surge a mediados del siglo XX como respuesta al desarrollo tecnocientífico sobre la vida. Su finalidad es elaborar un pensamiento fundamentado en la ética, que responda a deliberaciones sustentadas en la razón, a fin de ofrecer criterios éticos a la hora de tomar decisiones que afecten a la vida.

El avance de la bioética como ciencia ha excedido el escenario ético para sumergirse, plenamente, en otros entornos del saber, esencialmente en la esfera de lo legal, como lo es, lo biojurídico y hacia un nuevo protagonismo de una ciencia emergente como lo es el bioderecho. Existe dilemas o premisas bioéticas de donde generan las grandes interrogantes jurídicas, en torno a las ciencias del derecho, las cuales se deben ajustar a la realidad social generada por los grandes avances biotecnológicos, con el fin de regular el comportamiento generado por la conducta humana. El objetivo de la investigación es hacer un análisis sobre el papel que desempeña la bioética, en el desarrollo de la biojurídica o bioderecho como mediador de los nuevos dilemas biomédicos. La metodología empleada es una investigación documental bibliográfica donde se enfocan las posturas de algunos autores como Aparisi (2007) y Schaefer (2017), entre otros. Se realizó una revisión documental desde una postura crítica de las fuentes literarias seleccionadas y empleadas para desarrollo de la investigación, esto con la finalidad de identificar las diversas concepciones que han tenido los avances biotecnológicos sobre la conducta humana y su necesidad de ser regulado por el derecho. Se concluye que la relación entre la bioética y el derecho ha sido muy provechosa, al momento de dar repuesta aquella temática del debate de los grandes dilemas bioéticos, lo que da como resultado, el surgimiento de una novedosa rama jurídica como lo es la biojurídica o bioderecho.

La neuroética es el estudio de las cuestiones éticas, legales y sociales que surgen cuando los hallazgos científicos sobre el cerebro se llevan a la práctica médica, las interpretaciones legales y la política social y de salud.12 La neuroética es un subcampo dentro del dominio más amplio de la bioética, que abarca las implicaciones éticas y morales de todos los avances biológicos y médicos

Los resultados, publicados en The Lancet Psychiatry, indican que hasta dos años después de padecer la Covid-19, los diagnósticos de niebla cerebral, demencia y convulsiones son más frecuentes que tras pasar otras infecciones respiratorias. También existe un mayor riesgo de ansiedad y depresión en adultos, sin embargo, esto desaparece dentro de los dos meses posteriores a la infección

También existe un mayor riesgo de ansiedad y depresión en adultos, sin embargo, esto desaparece dentro de los dos meses posteriores a la infección

Convulsiones en niños

Los niños tienen más probabilidades de ser diagnosticados con algunas afecciones, como convulsiones y trastornos psicóticos, pero la probabilidad de la mayoría de los diagnósticos después de la covid fue menor que en los adultos.

Según el estudio, la variante delta se asocia con más trastornos que la alfa, mientras que la ómicron se relaciona con riesgos neurológicos y psiquiátricos similares a los delta.

Los investigadores piden más recursos y apoyo para los dedicados a la atención médica para atender estos problemas.

Desde que empezó la pandemia, ha surgido evidencia de que los que han tenido covid podrían tener un mayor riesgo de padecer afecciones neurológicas y psiquiátricas.

Una investigación de observación anterior realizado por el mismo grupo informó que los que superaron la covid-19 tienen un mayor riesgo de sufrir varias afecciones neurológicas y de salud mental en los primeros seis meses después de la infección.

Sin embargo, hasta ahora, no había datos a gran escala sobre los riesgos de estos diagnósticos durante un largo período de tiempo.

La nueva investigación ha sido la primera a gran escala que ha analizado el riesgo de afecciones neurológicas y de salud mental después de la covid-19 en niños y evaluó cómo cambian los riesgos con la aparición de nuevas variantes.

La guerra psicológica consiste en asustar al enemigo para reducir sus posibilidades de éxito en el combate. La guerra psicológica busca, por un lado, paralizar al adversario, derrotarlo antes de que siquiera entre a combatir y, por otro lado, ganar las "mentes y los corazones" de las personas que no se piensa aniquilar.

El 28 de febrero de 2022, el embajador ucraniano en Estados Unidos confirmó que Rusia había utilizado una “bomba de vacío”, causando la muerte de 70 soldados, como parte de su invasión ilegal de Ucrania. Dos días antes, la cadena CNN reportó la movilización de lanzacohetes rusos TOS-1, los cuales pueden lanzar hasta 30 cohetes armados con ojivas termobáricas, en el este de Ucrania. Las armas termobáricas se han descrito como la mayor bomba no nuclear que existe, pero conllevan un enorme aumento del poder destructivo, aproximándose al nivel de un arma de destrucción masiva

Conceptos erróneos y desinformación

El presidente ruso, Vladimir Putin, parece estar llegando a los límites de la guerra convencional con la intención de doblegar la voluntad del pueblo ucraniano. Las armas termobáricas tienen un uso extremadamente limitado contra objetivos militares; su uso principal ha sido contra zonas civiles. Todavía están muy lejos de las armas nucleares. Las armas termobáricas se asemejan más a las municiones incendiarias, a las municiones de racimo y a las bombas de barril. Existe un argumento legal que sostiene que las armas termobáricas pueden estar prohibidas por la Convención sobre Ciertas Armas Convencionales si figuran bajo el Protocolo III: Prohibiciones o Restricciones del Uso de Armas Incendiarias, pero no están mencionadas en la lista. Además, dado que también forman parte del inventario militar de los Estados Unidos, es poco probable que se incluyan explícitamente en la lista o que un tratado prohíba su uso.

La afirmación de que los explosivos de aire combustible son comparables a las armas nucleares de bajo rendimiento parece haber surgido en parte de un artículo de un científico ruso y de la declaración que realizó un funcionario ruso después de la prueba del 2007. Aunque hay artículos como los mencionados que distinguen a las armas termobáricas y las bombas de aire combustible como clases separadas bajo la categoría más amplia de las armas volumétricas, algunas noticias como ésta e incluso este libro afirman explícitamente que las armas termobáricas, las bombas de aire combustible y las bombas de vacío son sinónimas. Esta patente expone las diferencias, las cuales parecen reducirse a las etapas de las reacciones anaeróbicas en comparación con las aeróbicas.

Conclusión: La libertad cognitiva, El derecho a la privacidad mental , El derecho a la integridad mental, El derecho a la continuidad psicológica, la biojuridica , biótica, neuroderechos, neuroetica son realidades muy lejanas por lo poco que se verá un poco de humanismo y trasnhumanismo en nuestra especie .

Estos postulados son una realidad por el avance de la ciencia político terrorista para el control y orden mundial, filmes como contagio, corporación umbrella , exterminio, terminator, elysium, sector 9 ,no son temáticas distópicas , sino mas bien distopicas a la realidad aparente, sin duda los derechos universales son una clara utopía.

Lo único que le queda a la raza humana a la evolución de la escala kardashov es solo que un grupo selecto evolutivo de la especie logre conservar, el estoicismo, el hermetismo, y sobre todo el conexionismo primario metafísico para lograr mejores seres humanos cada vez más éticamente avanzados.

Referencia:

https://www.redalyc.org/journal/993/99360575006/html/

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