Por unanimidad de votos el Pleno del TET declaró la validez de la elección a la presidencia de comunidad de La Candelaria Teotlalpan, municipio de Totolac, pero determinó revocar la constancia de mayoría expedida por el consejo municipal en favor del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), a fin de que se lleve a cabo una elección extraordinaria.
Lo anterior, debido a que una diligencia de verificación de votos en las casillas 511 Básica y Contigua 1, mismas que constituyen la totalidad de casillas instaladas en esa comunidad, arrojó como resultado que Morena y el Partido Nueva Alianza (Panal) obtuvieran el mismo número de votos (109 cada uno), lo cual genera un empate y, consecuentemente, la necesidad de la realización de elecciones extraordinarias en esa comunidad.
Pero además, el Pleno del TET resolvió entregar una copia de su sentencia al Consejo General del ITE, a fin de que determine la “responsabilidad atinente de las y los integrantes del consejo municipal” por hacer una adición unilateral posterior al recuento de votos a favor de Morena.
En otro expediente relativo a la elección de presidencia de comunidad en San Diego Xocoyucan, el Pleno del Tribunal Electoral también revocó la constancia de mayoría y validez que en su momento expidió el consejo municipal, a fin de que el ITE proceda entregarla al PT.
Ello debido a que los integrantes de la mesa directiva de casilla contigua 03, de la sección 251, plasmaron incorrectamente los datos en el acta de escrutinio y cómputo respecto de la votación para presidente de comunidad. En su lugar asentaron los resultados de la elección a diputados locales, error que alteró los resultados finales, lo cual se pudo corroborar en la realización de una diligencia.
Por otra parte, el Pleno del TET ordenó dar vista al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), el actuar “negligente” de las y los integrantes del Consejo General del ITE, o bien de quien resulte responsable, al provocar una vulneración grave y directa en el derecho político-electoral de la ciudadana Estefanía Sánchez Márquez, al no registrarla como candidata a la presidencia de comunidad del Barrio de San Bartolomé del municipio de San Pablo del Monte, y no haber impreso su nombre y el del partido político que la postuló, en la boleta electoral a pesar de haber cubierto los requisitos legales para ello.
Finalmente, ya sea por desechamiento, por lo inoperantes o por lo infundado de los agravios, el Pleno del TET confirmó la validez de las elecciones y el otorgamiento de las constancias de mayoría en los casos de las presidencias de comunidad de Santa Anita, Huamantla; San Bartolomé, San Pablo del Monte; Colonia Cuauhtémoc, Huamantla; José María Morelos, Huamantla; Cuatla, Xaltocan; Santa Isabel, Tetlatlahuca; Mariano Matamoros, Huamantla; Ahuahuastepec, Tzompantepec; San Gabriel Cuahutla, Tlaxcala; La Preciosa, Huamantla; San Sebastián, Huamantla; San Antonio Tecoac, Ixtacuixtla; y Santa Fe La Troje, Tetla de la Solidaridad.
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