Por no consultar a grupos indígenas y discapacitados involucrados, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidaron 8 artículos de la Ley de Educación, la cual fue aprobada el año pasado por los diputados locales de Tlaxcala, en la cual se violó el proceso legislativo.
Los ministros hicieron patente el hecho de que la aprobación de la Ley General de Educación aprobada por los diputados locales no tuvo quórum legal para la aprobación, así como por haber llevado a cabo la sesión de manera virtual cuando la legislación aún no lo permitía, además de no realizar las consultas pertinentes a los grupos indígenas y a las personas con discapacidad, donde inciden directamente las modificaciones a la ley.
Dentro de los artículos invalidadoa por la SCJN, están el 62 y 63 del capítulo VI denominado "De la Educación Indígena", así como del 66 al 71 del Capítulo VIII, denominado "De la Educación Inclusiva".
Por ello, los diputados tendrán que realizar la consulta que no efectuaron en un primer momento y tendrán que volver a legislar en un plazo que será determinado por la SCJN.
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