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Suprema Corte da revés al Gobierno de Tlaxcala e Invalida requisitos discriminatorios de Ley de Seguridad

Cambian los requisitos de "tener modo honesto de vivir" y "ser de notoria buena conducta", al considerarlos conceptos vagos y subjetivos, sin parámetros
Jue. 08 de oct., 2026. 01:00 PM
Elena Ruvalcaba
agendatlaxcala
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Suprema Corte da revés al Gobierno de Tlaxcala e Invalida requisitos discriminatorios de Ley de Seguridad

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propinó un revés al Gobierno de Tlaxcala al invalidar diversos artículos de la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del Estado, norma que fue impulsada por el Ejecutivo estatal y aprobada por el Congreso local en febrero de 2024 como iniciativa preferente.

El Alto Tribunal concluyó que la ley imponía requisitos discriminatorios, desproporcionados y subjetivos para ingresar y ocupar cargos en las corporaciones de seguridad. Quedaron sin efecto porciones de los artículos 17, 118, 120 y 151, entre ellas la exigencia de no haber sido condenado por un delito doloso, no estar sujeto a proceso penal ni a un procedimiento de responsabilidad administrativa. Para el Pleno, esas restricciones, aunque buscan un fin legítimo, impedían valorar cada caso: la gravedad de la conducta, el tiempo transcurrido, el cumplimiento de la sanción o su relación con las funciones del puesto.

También cayeron los requisitos de "tener modo honesto de vivir" y "ser de notoria buena conducta", al considerarlos conceptos vagos y subjetivos, sin parámetros objetivos para medirlos.

El segundo golpe llegó con la base estatal de información criminal, pues la Corte invalidó el artículo 221 y, por extensión, los artículos 222, 222 Bis y 223, que regulaban un registro de personas imputadas, acusadas o sentenciadas, al determinar que esa materia corresponde al Congreso de la Unión por formar parte del Sistema Nacional de Información en Seguridad Pública.

En contraparte, el Pleno validó los artículos 20 y 120, fracción II, letra a, que fijan condiciones de permanencia para quienes ya integran las instituciones, pues una vez dentro sí es válido exigir probidad, confianza e idoneidad.

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